Política

TC anula elección de regidor del Distrito Nacional por PRM

El Tribunal Constitucional (TC) dispuso la nulidad del certificado de elección entre­gado a Julio César Martínez González el 11 de junio de 2020, y ordenó que abando­ne su cargo de regidor por la circunscripción número 3 del Distrito Nacional, en un plazo de 15 días, a partir de la notificación de la senten­cia. A su vez, el TC dispuso la restitución de la vigencia del certificado de elección emi­tido y entregado a Yovanny Soto Jiménez, y decidió que éste ocupe el cargo para el cual fue elegido en las vota­ciones municipales del año 2020, en un plazo que no exceda de 15 días.

Impuso astreinte de RD$3,000 por cada día de retardo en la ejecución de la decisión a partir del ven­cimiento del plazo otorgado para el cumplimiento del fa­llo, contra la Junta Central Electoral, la Junta Electoral del Distrito Nacional y el ciu­dadano Martínez González, y en favor del ciudadano So­to Jiménez.

Recurso
La alta corte acogió un re­curso de revisión consti­tucional de sentencia de amparo interpuesto por la Junta Central Electo­ral (JCE) y la Junta Elec­toral del Distrito Nacional (JEDN), contra la Sentencia número TSE-564-2020, dic­tada por el Tribunal Supe­rior Electoral el 20 de abril de 2020

El Constitucional revocó el fallo recurrido por la JCE y la JEDN, mediante el cual el TSE ordenó la proclama­ción de Martínez González como regidor, quien parti­cipó como candidato por el Partido Revolucionario Mo­derno (PRM) y aliados al igual que Soto Jiménez.

El dispositivo del fallo del TC está contenido en el co­municado 43/21, publicado en la página web.

El TC explica que el con­flicto surge a partir de la ac­ción de amparo interpues­ta por Martínez González, candidato a regidor por la circunscripción número 3 del Distrito Nacional por el PRM y en contra la JCE y la JEDN, por alegada vio­lación al derecho a ser ele­gido y en procura de que se ordene su proclamación y entrega de certificado de elección.