Provinciales

Demandan por RD$5 millones al alcalde de SDO y otros funcionarios del Ayuntamiento

La Oficina Jurídica Batía Ramos, en representación de la señora Adalgisa Castillo Mancebo, demandó por 5 millones de pesos al Ayuntamiento Santo Domingo Oeste, y a su alcalde, José Andújar por reclamos de derechos laborales.

De acuerdo a un documento enviado a este medio, la demanda que también incluye al consultor jurídico del Ayuntamiento de SDO, Erick Rafael Corniel, y a la encargada de Recursos Humanos María Bonifacio Rondón, surge por la supuesta vulneración de múltiples derechos a la señora Adalgisa Castillo Mancebo, dicha colaboradora del cabildo recibió licencia médica por ser asmática y de alto riesgo ante el covid-19, dicho sea de paso, se infectó por el virus y estuvo en cuidados intensivos.

Explica que Castillo Mancebo fue cancelada del Ayuntamiento Santo Domingo Oeste en el mes de julio 2020, pero dicha cancelación le fue notificada en diciembre del año pasado. La actual encargada de Recursos Humanos de la institución, Bonifacio Rondón, alegó mediante comunicación de respuesta al Tribunal Superior Administrativo (TSA), que el despido de Castillo Mancebo se produjo por abandono de trabajo, a pesar de la señora haber presentado licencia por enfermedad el 14 de abril 2020 y posteriormente otra licencia el primero de julio del mismo año.

Asimismo, dice la exempleada que, desde su cancelación, además de ser notificada casi ocho meses después, fue dejada sin protección de seguro médico en varias ocasiones por pagos tardíos del Ayuntamiento a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), no se le pagó su salario durante los últimos 8 meses del 2020 y no se le ha entregado el dinero de sus prestaciones, indemnización y otros derechos adquiridos.

La demanda se produce en violación a la Constitución de la República Dominicana, violación a la Ley de Administración Pública 41-08 y su reglamento 523-09. Además, a Andújar y demás encartados se les acusa de infringir la Ley 107-13 sobre Procedimientos Administrativos y la Ley 87-01 sobre Seguridad Social.